Por José Gaytán- La Corte de Constitucionalidad resolvió parcialmente con lugar la solicitud del abogado Julio Roberto García-Merlos de declarar inconstitucional el inciso 7 del artículo 51 del Código Penal.
El abogado García-Merlos planteó ante la Corte que el inciso declarado inconstitucional prohibía la conmutabilidad de los delitos contra la administración pública y la administración de la justicia, incluyendo aquellos cuyas penas son menores a 5 años.
En la sentencia de la Corte de Constitucionalidad explican que su decisión se basa en la igualdad de derecho, debido a que aunque el inciso añadido era específico para temas de corrupción también habían otros delitos como desobediencia civil, abandono de cargo, entre otros que no necesariamente tenían que ver con corrupción y tampoco podían considerarse delitos graves.
El fallo no fue bien recibido por la opinión pública, varios usuarios de las redes sociales hicieron eco de que la orden de la Corte beneficiaría a implicados o sentenciados en casos de corrupción.
García-Merlos planteó la inconstitucionalidad para que delitos de corrupción menores a 5 años no sean inconmutables. Defiende a Felipe Bosch por lo que actúa por sus clientes y la CC,como siempre,protege al Cacif y funcionarios para que no enfrenten la justicia. #UnFuturoSinCacif pic.twitter.com/JPxPwvTCkI
— #JusticiaYa (@justiciayagt) September 3, 2021
Calladita la boca la @CC_Guatemala ayer declaró inconstitucional la disposición que impedía conmutar la pena por delitos relacionados con la corrupción.@EBoche_elP @justiciayagt @J_AlexValdez @mmendoza_GT @BrendaH2O66 @VicenteCarrera_ @ruano_pine @PEdgar05 (abro 🧵) 👇🏻 pic.twitter.com/ZfpPbctuXs
— Marlon Vega (@MarlonVega02) September 3, 2021
No se deje llevar por la desinformación.
— Julio García-Merlos (@jgarciamerlos) September 3, 2021
Comparto breves aclaraciones sobre la sentencia que emitió la @CCGuatemala en una inconstitucionalidad general parcial que promoví. pic.twitter.com/VTDk140Qza
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